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La Fundación Internacional IESE promueve donaciones y legados para poder realizar su misión.
Los benefactores (ya sean personas físicas o jurídicas) pueden destinar su aportación a los fines generales de la Fundación o, si lo desean, a una de estas líneas:
- Becas para la formación de profesores e investigadores
- Becas para alumnos del programa Master
- Cátedras y proyectos de investigación
- Cooperación al desarrollo
- Fines generales de la Fundación
La Fundación destina los donativos siempre de acuerdo con la voluntad del donante.

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Beneficios fiscales
Las personas físicas podrán deducir en la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el 75% hasta 150€ del valor de la donación realizada, y por el exceso, el porcentaje será del 30%.
La última reforma de esta Ley ha establecido un régimen más ventajoso cuando hay una fidelización en la entidad beneficiaria. Este porcentaje del 30% citado será del 35% si en los dos períodos impositivos anteriores se hubieran realizado donativos a favor de la misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades el 35% del valor de la donación aportada.
También hay un régimen de fidelización más ventajoso. El 35% citado será del 40% si en los dos períodos impositivos anteriores se hubieran realizado donativos a favor de la misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.
La Fundación emitirá el correspondiente certificado con el fin de que el donante se pueda beneficiar de las deducciones fiscales mencionadas.
